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NOTIFICACION del Instituto Aragonés de Empleo, a doña Montserrat Sepúlveda Sánchez, relativa al expediente IA-299/07/01-Z de Subvención de Apoyo a Iniciativa de Autoempleo.

Publicado el 17/06/2002 (Nº 70)
Sección: BOA V. Anuncios - Otros anuncios
Emisor: DEPARTAMENTO DE ECONOMIA, HACIENDA Y EMPLEO

Texto completo:

NOTIFICACION del Instituto Aragonés de Empleo, a doña Montserrat Sepúlveda Sánchez, relativa al expediente IA-299/07/01-Z de Subvención de Apoyo a Iniciativa de Autoempleo.

En relación con el expediente IA-299/07/01-Z relativo a la Subvención de Apoyo a Iniciativa de Autoempleo prevista en el Decreto 33/2001, de 13 de febrero, del Gobierno de Aragón, ha recaído Resolución de fecha 7 de febrero de 2002, que es del tenor literal siguiente:

«De conformidad con las normas vigentes, este Servicio de Promoción de Empleo eleva a la Directora Gerente del Instituto Aragonés de Empleo la siguiente propuesta de resolución:

Visto el expediente promovido por doña Montserrat Sepúlveda Sánchez, con D.N.I. 50.151.213-N y con domicilio en Sangenis, 60, Bajo B, en solicitud de una subvención de Apoyo a Iniciativas de Autoempleo al amparo del Decreto 33/2001, de 13 de Febrero, sobre Fomento de Empleo Autónomo (BOA 28-02-01) teniendo en cuenta los siguientes antecedentes:

Primero: Por propuesta de Resolución de esta Dirección Gerencia del Instituto Aragonés de Empleo de fecha 19 de octubre de 2001, se concedió a doña Montserrat Sepúlveda Sánchez la subvención de Apoyo a Iniciativas de Autoempleo, de acuerdo con lo establecido en el artículo 6 del Decreto 33/2001, de 13 de febrero del Gobierno de Aragón sobre Fomento de Empleo Autónomo.

Segundo: La mencionada Resolución no es ajustada a Derecho puesto que la Intervención Delegada en el Instituto Aragonés de Empleo se ha manifestado en desacuerdo con el expediente examinado formulando el siguiente reparo con fecha 23 de noviembre de 2001:

«Si bien la trabajadora cumple el requisito de estar desempleada con carácter previo al inicio de la actividad, a partir del 16 de junio en su informe de vida laboral figura dada de alta en Régimen General».

Fundamentos de derecho:

Primero: La competencia en materia de gestión de los programas de apoyo y fomento de empleo corresponde al Instituto Aragonés de Empleo en virtud de lo dispuesto en el apartado 2 a) del artículo 2 de la Ley 9/1999, de 9 de abril, de las Cortes de Aragón, sobre creación de dicho Instituto y viene atribuida a la Dirección Gerencia del Instituto Aragonés de Empleo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 18 del Decreto 33/2001.

Segundo: El artículo 72.1 del Decreto Legislativo 1/2000, de 29 de julio, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Hacienda de la Comunidad Autónoma establece que los «actos de reconocimiento de obligaciones a cargo de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón y sus organismos autónomos están sometidos a intervención previa....»

Tercero: El artículo 73.1 de la mencionada ley de Hacienda establece asimismo que «si la Intervención se manifestase en desacuerdo con el fondo o la forma de los actos, expedientes o documentos examinados, deberá formular sus reparos por escrito.

Vistos los preceptos legales citados y demás de general aplicación, esta Dirección Gerencia acuerda:

1º. Dejar sin efecto la propuesta de Resolución de esta Dirección Gerencia del Instituto Aragonés de Empleo de fecha 19 de octubre de 2001, conforme a lo consignado en los Antecedentes y Fundamentos de Derecho.

2º. Denegar a doña Montserrat Sepúlveda Sánchez la subvención solicitada conforme a lo consignado en los Antecedentes y Fundamentos de Derecho de la presente resolución.

Se pone en su conocimiento que, contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponer recurso de alzada, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su notificación, ante el Consejero de Economía, Hacienda y Empleo de la Diputación General de Aragón, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 107 y siguientes de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común, según la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.»

Como quiera, pues, que es ignorado el paradero actual del beneficiario, se procede de acuerdo con el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común, haciéndole saber que una vez publicado en el «Boletín Oficial de Aragón» y exhibido en el tablón de anuncios del Ayuntamiento se le tendrá por notificado de la misma a todos los efectos.

Zaragoza, 4 de junio de 2002.-La Directora Gerente del INAEM, Ana Bermúdez Odriozola.